miércoles, 24 de octubre de 2012

Trabajo y Diversidad Sexual

El Ministerio se ocupa del tema “trabajo y diversidad sexual” para atender los problemas de desigualdad que vive la comunidad LGTBI (lesbianas, gays, travestis, transexuales, transgénero, bisexuales, e intersexuales) de nuestra población respecto de los derechos básicos en al ámbito laboral y de la seguridad social.
Estas acciones están enmarcadas en las políticas de inclusión social y con objetivos focalizados en crear un país más justo e igualitario.

¿Por qué es necesaria la actuación del Estado?

La sexualidad es un aspecto de la vida de los seres humanos resultado de una construcción socio-cultural, por lo tanto la diversidad sexual es la pluralidad de prácticas y manifestaciones emocionales, afectivas y sexuales en una cultura dada, comprendiendo a gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales, intersexuales y heterosexuales.
Cuando se habla de diversidad sexual se hace referencia a expresiones no heterosexuales, porque el sistema patriarcal imperante, con su discurso hegemónico heterosexista, reduciendo la sexualidad a una mera actividad reproductiva, ha regulado las creencias acerca de cuáles son las experiencias afectivas y sexuales consideradas “normales”, definiendo los comportamientos e ideología que debe tener un pueblo.
La OIT en su Convenio N° 111 (1958) relativo a la discriminación laboral establece en su artículo 1° que el término discriminación comprende “cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación ”considerando además que la discriminación constituye una violación de los derechos enunciados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el informe de 2007 se incluye como “nuevas formas de discriminación” las basadas en la identidad sexual mencionando además aquellas relativas al estilo de vida. En el informe global del 2011 se ratifica la discriminación por orientación sexual e identidad de género y se asume que la igualdad en el trabajo es un objetivo pendiente de cumplirse.

Antecedentes

La discriminación significa por sí misma, una exclusión. Impide el respeto hacia los derechos básicos de los trabajadores y es una violación a los derechos humanos, provocando también efectos negativos sobre la productividad y el crecimiento económico, a la vez que genera desigualdades socioeconómicas, impidiendo la disminución de la pobreza y perjudicando la cohesión social y la solidaridad.